Nueva funeraria de Toledo somos un conjunto de sedes distribuidas por toda la provincia de Toledo cuyo objetivo no es otro que ofrecer un trato cercano y familiar a nuestros clientes así como acompañarles también en esos primeros días en los que tanto los familiares como los más allegados se sumergen en una larga y desconsolada etapa de duelo.
Nuestro equipo de expertos pone a disposición de quien lo solicite un servicio de asesoramiento jurídico. Porque tras la defunción de una persona hay que hacer una variedad de trámites que muchas veces puede resultar laborioso, doloroso y confuso.
Nos ocupamos de ello porque tenemos un equipo especializado en esta labor que, además, es avalado por los más de 30 años de experiencia al servicio de los clientes. No lo dudes, ponemos en tus manos un servicio de atención y asesoramiento integral en materia legal. Nosotros nos encargaremos de organizar y tramitar, entre otros, los siguientes documentos:
Por otro lado, os gestionaremos todo el proceso de defunción desde que se notifica, comienzan los trámites, se consigue la logística y las instalaciones apropiadas para el velatorio.
En la entidad empresarial denominada Nueva Funeraria de Toledo, extendemos nuestra gama de servicios para atender tanto a compañías aseguradoras como a clientes particulares. Contacte con nosotros, prestamos asistencia las 24 horas: 925 254 347–925 225 255
La muerte de un ser querido representa un duro golpe en la familia. Son momentos en los que el duelo no nos deja abordar tareas que requieren una importante implicación personal como son todas las gestiones administrativas obligatorias que acompañan a un fallecimiento.
En Nueva Funeraria de Toledo nuestra dilatada experiencia nos lleva a ser especialmente conscientes de este esfuerzo, por ello ponemos a disposición de nuestros clientes el servicio de asesoría jurídica.
Apoyándonos en un equipo de expertos en gestión documental y derecho sucesorio, nos ocupamos de formalizar todos los trámites necesarios y de prestar asesoramiento legal y apoyo durante todo el proceso.
El servicio de tramitación y asesoramiento prestado por nuestro equipo de asesores constituye una de las prestaciones mejor valoradas por parte de las personas que tienen que recurrir a nosotros y nos bridan su confianza.
Nuestro trabajo se apoya en los siguientes pilares básicos:
– Rapidez y eficacia
– Asesoría integral mediante expertos jurídicos
– Atención personalizada
Recuerde que nuestro personal jurídico se encargará de recoger y entregar toda la documentación aportada para realizar todas las gestiones necesarias de la forma más ágil posible.
A continuación, contestamos algunas de las preguntas que algunas personas se hacen ante situaciones de este tipo.
Es el documento que demuestra la defunción de una persona, imprescindible para poder solicitar una pensión o ayuda. Asimismo, se solicita para poder recibir el certificado de últimas voluntades, optar a las indemnizaciones que correspondan y tramitar la herencia del fallecido una vez liquidado el impuesto de sucesiones.
Aunque no hay establecida una franja de tiempo concreta, es beneficioso informar de la baja antes de que pase el día 5 del siguiente mes para no tener que pagar costes que se correspondan con mensualidades posteriores a la defunción.
Se trata de un abono económico de carácter vitalicio que concede el Instituto Nacional de la Seguridad Social a aquellas personas que han estado casadas o han sido pareja del difunto, siempre que este haya trabajado y tenga acumulada una cotización mínima y se cumplan con los requisitos establecidos por la legislación vigente.
Es la acreditación de que el difundo había realizado un testamento, la fecha y el notario ante el que lo hizo y, en caso de que hubiera más de uno, el último por ser el único válido. Este documento emitido por el Registro de Actos de Última Voluntad, es necesario para solicitar pensiones y reclamar derechos de sucesión o una indemnización, entre otras cuestiones a realizar una vez desaparecida la persona. Para pedirlo es necesario que hayan pasado al menos 16 días hábiles desde el fallecimiento.
Se trata de una cuantía económica que se otorga a los descendientes del difunto y a los hijos de su cónyuge, siempre que cumplan con las condiciones que exige la ley.
Es una asignación económica para ayudar a cubrir los gastos del entierro a aquellos que han tenido que sufragarlos.
Es una ayuda por un tiempo determinado para los familiares que hayan convivido con el difunto o dependieran económicamente de él, según unas cláusulas normativas.
En este caso es la prestación económica que se concede por cada descendiente menor de 18 años o mayor de esta edad pero con una discapacidad igual o superior al 65%. También por los menores en situación de acogimiento familiar, permanente o preadoptivo, siempre que el beneficiario no exceda un límite de ingresos fijado por ley.
Para cualquier otra cuestión que haya quedado en el aire, si el fallecido contaba con un seguro con cobertura de decesos puede consultar con la compañía correspondiente. Si lo desconoce, pidiendo el Certificado de Contratos de Seguros de Cobertura de Fallecimiento puede informarse de los contratos en vigor en los que el difunto aparece como tomador de la póliza y la empresa aseguradora.
En Nueva Funeraria de Toledo estamos a su disposición las 24 horas, puede contactar por teléfono con nosotros y le brindaremos el mejor apoyo jurídico. Por otro lado, le dejamos con nuestro formulario de contacto.
¡Estamos contigo!
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